Art. Quinto

Art. Quinto

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En vigor desde 1 nov 2017
Se faculta a la Subinspección General de Apoyo Veterinario de la Inspección General de Sanidad de la Defensa para realizar el control, distribución y archivo de los talonarios y recetas veterinarias en formato papel, para su cumplimentación manual o informatizada, en el ámbito del Ministerio de Defensa. Se modifica por el art. único.2 de la Resolución 400/38240/2017, de 16 de octubre. Ref. BOE-A-2017-12459

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eli/es/res/1997/06/11/117#quinto