Capítulo VI. DEL SECRETARIO GENERAL
Art. 24
24 / 45En vigor desde 2 mar 2012
La Secretaría General estará estructurada en dos servicios: el de Régimen Económico y el de Régimen Interior, Estudios, Documentación y Publicaciones.
Un Asesor podrá auxiliar en sus funciones al Secretario general.
Se modifica y se renumera por el art. único.8 de la Resolución de 25 de enero de 2012. Ref. BOE-A-2012-2881 . Su anterior numeración era .
Tus anotaciones
Proeli/es/reg/1983/04/06/(1)#art-24