Art. 4
Medidas transitorias relacionadas con la retirada del mercado
Artículo 4
Medidas transitorias relacionadas con la retirada del mercado
1. Las existencias actuales del aditivo para piensos tintura de lavanda obtenida de Lavandula angustifolia × L. latifolia podrán seguir comercializándose y utilizándose hasta el 15 de octubre de 2027.
2. Las premezclas producidas con el aditivo para piensos contemplado en el apartado 1 podrán seguir comercializándose y utilizándose hasta el 15 de enero de 2028.
3. Los piensos compuestos y las materias primas para piensos producidos con el aditivo para piensos contemplado en el apartado 1 o con las premezclas contempladas en el apartado 2 podrán seguir comercializándose y utilizándose hasta el 15 de octubre de 2028.
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