Art. 247 · Responsabilidades y funciones del auditor de datos

Art. 247

Responsabilidades y funciones del auditor de datos

Artículo 247 Responsabilidades y funciones del auditor de datos 1.   El auditor de datos supervisará y evaluará la legalidad del acceso al Centro de Datos Aduaneros de la UE, con arreglo al Derecho de la Unión aplicable. 2.   El auditor de datos informará anualmente de sus actividades al Consejo de Administración. 3.   El auditor de datos desempeñará sus funciones en coordinación con el responsable de la protección de datos de la Autoridad Aduanera de la UE y sin perjuicio del respeto de las responsabilidades de otros organismos de supervisión de la Unión o nacionales. 4.   La Comisión adoptará actos de ejecución por los que se especifique la independencia y se establezcan las funciones y responsabilidades detalladas del auditor de datos. Dichos actos de ejecución se adoptarán de conformidad con el procedimiento consultivo a que se refiere el artículo 283, apartado 2.
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