Art. 226
Presentación de información
Artículo 226
Presentación de información
1. La Autoridad Aduanera de la UE informará periódicamente y siempre que sea necesario a la Comisión sobre la aplicación de medidas restrictivas por parte de las autoridades aduaneras y, en particular, detectará posibles discrepancias entre Estados miembros.
Además, recopilará y analizará información sobre las repercusiones de las medidas restrictivas en los flujos comerciales y el cumplimiento de las normas aduaneras.
2. Las autoridades aduaneras informarán a la Autoridad Aduanera de la UE, a la Comisión y a las autoridades nacionales de los Estados miembros competentes en materia de aplicación de medidas restrictivas de cualquier sospecha o caso de elusión de las medidas restrictivas y de las medidas de mitigación del riesgo adoptadas. En la medida de lo posible, se facilitará esa información a través del Centro de Datos Aduaneros de la UE.
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