Art. 1

Art. 1

Artículo 1 1.   Se impone un derecho antidumping definitivo a las importaciones de proteína de guisantes de alto contenido proteínico, que contiene más del 65 % de proteína en peso seco y comprende todos los tipos de proteína de guisantes derivada de guisantes (incluidos, entre otros, los guisantes amarillos y los guisantes verdes), en todas las formas físicas [incluidas las formas sólidas (por ejemplo, en polvo) y líquidas (en solución)], esté o no texturizada, actualmente clasificada con los códigos NC y TARIC y los códigos TARIC adicionales enumerados en el apartado 2 y en el anexo del presente Reglamento: ex 3504 00 90 (código TARIC 3504 00 90 91), ex 2106 10 20 (código TARIC 2106 10 20 40), ex 2106 10 80 (códigos TARIC 2106 10 80 31, 2106 10 80 39 y 2106 10 80 71), ex 2106 90 92 (código TARIC 2106 90 92 75), ex 2303 10 90 (código TARIC 2303 10 90 10), ex 2309 10 11 , ex 2309 10 13 , ex 2309 10 15 , ex 2309 10 19 , ex 2309 10 31 , ex 2309 10 33 , ex 2309 10 39 , ex 2309 10 51 , ex 2309 10 53 , ex 2309 10 59 , ex 2309 10 70 , ex 2309 10 90 , ex 2309 90 10 y ex 2309 90 20 , ex 2309 90 31 (códigos TARIC 2309 90 31 12, 2309 90 31 14, 2309 90 31 17, 2309 90 31 19, 2309 90 31 30, 2309 90 31 81 y 2309 90 31 91), ex 2309 90 33 , ex 2309 90 35 , ex 2309 90 39 , ex 2309 90 41 , ex 2309 90 43 , ex 2309 90 49 , ex 2309 90 51 , ex 2309 90 53 , ex 2309 90 59 , ex 2309 90 70 y ex 2309 90 91 , ex 2309 90 96 (códigos TARIC 2309 90 96 31, 2309 90 96 39, 2309 90 96 91 y 2309 90 96 95), y originarias de la República Popular China. 2.   Los tipos del derecho antidumping definitivo aplicables al precio neto franco en la frontera de la Unión, derechos no pagados, de los productos descritos en el apartado 1 y producidos por las empresas indicadas a continuación serán los siguientes: País de origen Empresa Derecho antidumping definitivo Código TARIC adicional República Popular China Grupo Sanjia: — Jiujiang Tiantai Food Co., Ltd. — Yantai Oriental Protein Tech Co., Ltd 40,5  % 88BQ Yantai Shuangta Food Co. Ltd. 67,1  % 88BR Otras empresas cooperantes enumeradas en el anexo 40,5  % Véase el anexo Todas las demás importaciones originarias de la República Popular China 67,1  % 88ZZ 3.   La aplicación de los tipos de derecho individuales especificados para las empresas mencionadas en el apartado 2 estará condicionada a la presentación a las autoridades aduaneras de los Estados miembros de una factura comercial válida en la que figure una declaración fechada y firmada por un responsable de la entidad que expida dicha factura, identificado por su nombre y cargo, con el texto siguiente: «El abajo firmante certifica que el (volumen en toneladas) de proteína de guisantes vendido para su exportación a la Unión Europea consignado en esta factura ha sido fabricado por (nombre y dirección de la empresa) (código TARIC adicional) en la República Popular China. Declara, asimismo, que la información que figura en la presente factura es completa y correcta». Mientras no se presente esta factura, se aplicará el tipo de derecho aplicable a todas las demás importaciones originarias de la República Popular China. 4.   Salvo disposición en contrario, serán de aplicación las disposiciones vigentes en materia de derechos de aduana.
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