Art. 19 · Entrada en vigor y fecha de aplicación

Art. 19

Entrada en vigor y fecha de aplicación

Artículo 19 Entrada en vigor y fecha de aplicación El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 26 de marzo de 2027.
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