Art. 1

Art. 1

Artículo 1 El Reglamento (UE) 2023/915 se modifica como sigue: 1) El artículo 10, apartado 1, se modifica como sigue: a) la frase introductoria se sustituye por el texto siguiente: «Los alimentos comercializados legalmente antes de las fechas mencionadas en las letras a) a s) podrán permanecer en el mercado hasta su fecha de consumo preferente o su fecha de caducidad:»; b) se añade la letra s) siguiente: «s) 1 de enero de 2028 por lo que respecta a los límites máximos de la suma de furano, 2-metilfurano y 3-metilfurano, expresada como furano, establecidos en el punto 5.6 del anexo I». 2) El anexo I se modifica de conformidad con el anexo del presente Reglamento.
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celex:32026R1890#art-1