Art. 1
Artículo 1
El Reglamento (UE) 2023/915 se modifica como sigue:
1)
el artículo 10, apartado 1, se modifica como sigue:
a)
la frase introductoria se sustituye por el texto siguiente:
«Los alimentos comercializados legalmente antes de las fechas mencionadas en las letras a) a t) podrán permanecer en el mercado hasta su fecha de consumo preferente o su fecha de caducidad:»;
b)
se añade la letra t) siguiente:
«t)
1 de enero de 2027 por lo que respecta a los límites máximos de la suma de Δ9-THC y Δ9-THCA, expresada como equivalentes de Δ9-THC, establecidos en los puntos 2.6.4 y 2.6.5 del anexo I.».
2)
El anexo I se modifica de conformidad con el anexo del presente Reglamento.
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Procelex:32026R1828#art-1