Art. 1

Art. 1

Artículo 1 El Reglamento (UE) 2023/915 se modifica como sigue: 1) el artículo 10, apartado 1, se modifica como sigue: a) la frase introductoria se sustituye por el texto siguiente: «Los alimentos comercializados legalmente antes de las fechas mencionadas en las letras a) a t) podrán permanecer en el mercado hasta su fecha de consumo preferente o su fecha de caducidad:»; b) se añade la letra t) siguiente: «t) 1 de enero de 2027 por lo que respecta a los límites máximos de la suma de Δ9-THC y Δ9-THCA, expresada como equivalentes de Δ9-THC, establecidos en los puntos 2.6.4 y 2.6.5 del anexo I.». 2) El anexo I se modifica de conformidad con el anexo del presente Reglamento.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

celex:32026R1828#art-1