Art. 2
Artículo 2
Los importes garantizados por el derecho antidumping provisional en virtud del Reglamento de Ejecución (UE) 2026/734, por el que se establece un derecho antidumping provisional sobre las importaciones de hilados de poliamida, se percibirán de manera definitiva. Se liberarán los importes garantizados superiores a los tipos definitivos del derecho antidumping.
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