Art. 5

Art. 5

Artículo 5 No obstante lo dispuesto en el artículo 53, apartado 2, del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447, los contingentes arancelarios repartidos por el presente Reglamento no se considerarán críticos.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

celex:32026R1457#art-5