Art. 3 · Modelo de certificado zoosanitario para los desplazamientos sin fines comerciales de perros, gatos o hurones de compañía a la Unión

Art. 3

Modelo de certificado zoosanitario para los desplazamientos sin fines comerciales de perros, gatos o hurones de compañía a la Unión

En vigor desde 20 mar 2026
Artículo 3 Modelo de certificado zoosanitario para los desplazamientos sin fines comerciales de perros, gatos o hurones de compañía a la Unión A efectos de los desplazamientos sin fines comerciales de perros, gatos y hurones de compañía a la Unión, el certificado zoosanitario a que se refiere el artículo 18, apartado 1, del Reglamento Delegado (UE) 2026/131: a) se elaborará de conformidad con el modelo establecido en la parte 1 del anexo III del presente Reglamento; b) estará debidamente cumplimentado y expedido de conformidad con las notas explicativas que figuran en la parte 2 del anexo III del presente Reglamento; c) se complementará con la declaración por escrito a que se refiere el artículo 18, apartado 3, del Reglamento Delegado (UE) 2026/131, elaborada de conformidad con el modelo establecido en la parte 2 del anexo V del presente Reglamento y se ajustará a los requisitos complementarios establecidos en la parte 6 de dicho anexo.
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