Art. 99
Referencia a los principios generales
En vigor desde 11 mar 2026
Artículo 99
Referencia a los principios generales
En ausencia de normas de procedimiento en el presente Reglamento, o en los actos adoptados en virtud de este, la Oficina tendrá en cuenta los principios de Derecho procesal generalmente admitidos en los Estados miembros.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2026:715:oj#art-99