Art. 2 · Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea

Art. 2

Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea

En vigor desde 11 mar 2026
Artículo 2 Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea La Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (en lo sucesivo, «Oficina»), creada mediante el Reglamento (UE) 2017/1001, llevará a cabo los cometidos que le encomienda el presente Reglamento.
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