Art. 153 · Procedimiento para la presentación de la solicitud internacional

Art. 153

Procedimiento para la presentación de la solicitud internacional

En vigor desde 11 mar 2026
Artículo 153 Procedimiento para la presentación de la solicitud internacional Las solicitudes internacionales realizadas en virtud del artículo 4.1 del Acta de Ginebra se presentarán directamente en la Oficina internacional.
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