Art. 13 · Duración de la protección del diseño de la UE registrado

Art. 13

Duración de la protección del diseño de la UE registrado

En vigor desde 11 mar 2026
Artículo 13 Duración de la protección del diseño de la UE registrado 1.   La protección de un diseño de la UE registrado empezará con su registro por parte de la Oficina. 2.   Un diseño de la UE se registrará por un período de cinco años calculado a partir de la fecha de la presentación de la solicitud de registro. El titular del derecho podrá renovar el registro, de conformidad con el artículo 66, por uno o más períodos de cinco años cada uno, hasta una duración máxima de la protección de veinticinco años a partir de la fecha de presentación de la solicitud de registro.
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