Art. 10
Diseños contrarios al orden público o a las buenas costumbres
En vigor desde 11 mar 2026
Artículo 10
Diseños contrarios al orden público o a las buenas costumbres
No podrá reconocerse un diseño de la UE en un diseño cuando este sea contrario al orden público o a las buenas costumbres.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg:2026:715:oj#art-10