Art. 4 · Conexión al suministro de electricidad desde tierra

Art. 4

Conexión al suministro de electricidad desde tierra

En vigor desde 23 feb 2026
Artículo 4 Conexión al suministro de electricidad desde tierra La base de datos FuelEU permitirá a la autoridad competente del Estado miembro del puerto de escala o a cualquier entidad debidamente autorizada registrar las excepciones previstas en el artículo 6, apartado 5, del Reglamento (UE) 2023/1805 («excepciones al suministro de electricidad desde tierra») y los registros de incumplimiento de las obligaciones de suministro de electricidad desde tierra con arreglo al artículo 6, apartado 9, del Reglamento (UE) 2023/1805 utilizando un formulario electrónico disponible en Thetis-SNV.
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