Art. 2 · Formato para la divulgación de información

Art. 2

Formato para la divulgación de información

En vigor desde 9 feb 2026
Artículo 2 Formato para la divulgación de información 1.   La presentación visual y el contenido de la divulgación de información sobre los productos de consumo no vendidos desechados se ajustarán al formato establecido en el anexo I. 2.   Los operadores económicos que estén sujetos a la obligación de publicar información en materia de sostenibilidad en su informe de gestión con arreglo a los artículos 19 bis o 29 bis de la Directiva 2013/34/UE, o que publiquen dichos informes o informes similares de forma voluntaria, e incluyan la información sobre productos de consumo no vendidos desechados en este formato en dicha presentación de información sobre sostenibilidad, podrán, en lugar de divulgar dicha información directamente en el sitio web, facilitar en su sitio web un enlace a dicho informe con una mención clara de dónde contiene la información sobre los productos de consumo no vendidos desechados.
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