Art. 1
«Lista de terceros países autorizados a introducir en la Unión partidas de carne fresca de conejo de granja y de carne fresca de lepóridos silvestres que no contenga despojos, excepto en el caso de los lepóridos silvestres sin desollar ni eviscerar, y partidas de preparados de carne de conejo de granja y lepóridos silvestres
En vigor desde 28 ene 2026
Artículo 1
El Reglamento de Ejecución (UE) 2021/405 se modifica como sigue:
1)
El artículo 8 se sustituye por el texto siguiente:
«Artículo 8
«Lista de terceros países autorizados a introducir en la Unión partidas de carne fresca de conejo de granja y de carne fresca de lepóridos silvestres que no contenga despojos, excepto en el caso de los lepóridos silvestres sin desollar ni eviscerar, y partidas de preparados de carne de conejo de granja y lepóridos silvestres
Solo se permitirá la introducción en la Unión de partidas de carne fresca de conejo de granja y de carne fresca de lepóridos silvestres que no contenga despojos, excepto en el caso de los lepóridos silvestres sin desollar ni eviscerar, y partidas de preparados de carne de conejo de granja y de lepóridos silvestres, destinadas al consumo humano, que procedan de los terceros países que figuran en la lista del anexo V.»
.
2)
El artículo 9 se sustituye por el texto siguiente:
«Artículo 9
«Lista de terceros países autorizados a introducir en la Unión partidas de carne fresca de mamíferos terrestres silvestres, excepto ungulados y lepóridos, que no contenga despojos, y partidas de preparados de carne de mamíferos terrestres silvestres excepto ungulados y lepóridos
Solo se permitirá la introducción en la Unión de partidas de carne fresca de mamíferos terrestres silvestres, excepto ungulados y lepóridos, que no contenga despojos y partidas de preparados de carne de mamíferos terrestres silvestres, excepto ungulados y lepóridos, destinadas al consumo humano, que procedan de los terceros países que figuran en la lista del anexo VI.»
.
3)
Los anexos -I, V, VI, VIII y IX se modifican con arreglo al anexo del presente Reglamento.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_impl:2026:187:oj#art-1