Art. 35 · DCP de deriva y buques de abastecimiento

Art. 35

DCP de deriva y buques de abastecimiento

En vigor desde 26 ene 2026
Artículo 35 DCP de deriva y buques de abastecimiento 1.   Los DCP de deriva estarán provistos de boyas equipadas. Queda prohibido el uso de otras boyas, como las boyas de radiobalizaje. 2.   Los cerqueros de jareta no podrán seguir más de 250 boyas operativas en cualquier momento. 3.   No podrán adquirirse anualmente más de 400 boyas equipadas por cada cerquero de jareta. 4.   No podrán operar más de tres buques de abastecimiento en apoyo de doce cerqueros de jareta como mínimo, y todos ellos enarbolarán el pabellón de un Estado miembro. El presente apartado no será aplicable a los Estados miembros que solo utilicen un buque de abastecimiento. 5.   Un solo cerquero de jareta no podrá recibir, en ningún momento, el apoyo de más de un buque de abastecimiento que enarbole el pabellón de un Estado miembro. 6.   La Unión no registrará ningún buque de abastecimiento nuevo o adicional en el registro de buques pesqueros autorizados de la CAOI.
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