Art. 3

Art. 3

En vigor desde 22 ene 2026
Artículo 3 El biocida «Nordkalk CL 90-Q» deberá dejar de comercializarse a partir del 12 de agosto de 2026 y las existencias de dicho biocida deberán dejar de usarse a partir del 12 de febrero de 2027.
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