Art. 28.tit_1 · Excepción a los requisitos aplicables a los desplazamientos sin fines comerciales de aves de compañía a un Estado miembro desde determinados terceros países

Art. 28.tit_1

Excepción a los requisitos aplicables a los desplazamientos sin fines comerciales de aves de compañía a un Estado miembro desde determinados terceros países

En vigor desde 20 ene 2026
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