Art. 2 · Retirada del mercado

Art. 2

Retirada del mercado

En vigor desde 15 ene 2026
Artículo 2 Retirada del mercado El aceite esencial de semillas de apio procedente de Apium graveolens L. y el aceite esencial de alcaravea procedente de Carum carvi L., autorizados con arreglo a la Directiva 70/524/CEE, se retirarán del mercado por lo que se refiere a las especies y categorías de animales distintas de las mencionadas en el anexo.
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