Art. 8 · Contenido de una petición de cambio de nombre o dirección

Art. 8

Contenido de una petición de cambio de nombre o dirección

En vigor desde 15 ene 2026
Artículo 8 Contenido de una petición de cambio de nombre o dirección 1.   Una petición de cambio de nombre o dirección del titular de un diseño de la UE registrado, con arreglo al artículo 50 octies del Reglamento (CE) n.o 6/2002, incluirá: a) el número de registro del diseño de la UE registrado; b) el nombre y la dirección del titular del diseño de la UE registrado tal como figuren en el Registro, a no ser que la Oficina ya haya atribuido un número de identificación a su titular, en cuyo caso bastará con indicar este número y el nombre del titular; c) el nuevo nombre y la nueva dirección del titular del diseño de la UE registrado, de conformidad con el artículo 1, apartado 1, letra a), y el artículo 1, apartado 2, del presente Reglamento. 2.   Las letras b) y c) del apartado 1 se aplicarán, mutatis mutandis, a los efectos de una petición de cambio de nombre o dirección del solicitante de un diseño de la UE. Dicha petición también contendrá el número de solicitud del diseño de la UE. 3.   Los apartados 1 y 2 se aplicarán, mutatis mutandis, al cambio de nombre o dirección del representante autorizado.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_impl:2026:138:oj#art-8