Art. 7
Contenido de la solicitud de modificación
En vigor desde 15 ene 2026
Artículo 7
Contenido de la solicitud de modificación
Toda solicitud de modificación de la representación de un diseño de la UE en cuanto a detalles insignificantes, en virtud del artículo 50 sexies del Reglamento (CE) n.o 6/2002, incluirá:
a)
el número de registro del diseño de la UE registrado;
b)
el nombre y la dirección del titular del diseño de la UE registrado de conformidad con el artículo 1, apartado 1, letra a), y el artículo 1, apartado 2, del presente Reglamento;
c)
una indicación de las características que se vayan a modificar y de la perspectiva o perspectivas que se vayan a modificar o retirar;
d)
una representación del diseño modificado, de conformidad con el artículo 2 del presente Reglamento.
Historial de versiones
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Proeli:reg_impl:2026:138:oj#art-7