Art. 2
En vigor desde 15 ene 2026
Artículo 2
El Reglamento (UE) n.o 1321/2014 se modifica como sigue:
1)
En el artículo 3, apartado 3, la letra c) se sustituye por el texto siguiente:
«c)
se ha realizado una revisión de la aeronavegabilidad de conformidad con el punto M.A.903 del anexo I (parte M) y se ha expedido un nuevo certificado de revisión de la aeronavegabilidad de conformidad con los puntos M.A.901 o M.B.901 del anexo I (parte M), según proceda.».
2)
El anexo I (parte M) se modifica de conformidad con el anexo III del presente Reglamento.
3)
El anexo V ter (parte ML) se modifica de conformidad con el anexo IV del presente Reglamento.
4)
El anexo V quater (parte CAMO) se modifica de conformidad con el anexo V del presente Reglamento.
5)
El anexo V quinquies (parte CAO) se modifica de conformidad con el anexo VI del presente Reglamento.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
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