Art. 3 · Retirada del mercado

Art. 3

Retirada del mercado

En vigor desde 14 ene 2026
Artículo 3 Retirada del mercado 1.   Las existencias del aditivo mencionado en el artículo 1 destinadas a perros y gatos y de las premezclas que lo contengan se retirarán del mercado a más tardar el 4 de mayo de 2026. 2.   Las materias primas para piensos y los piensos compuestos que hayan sido producidos con el aditivo o las premezclas mencionados en el apartado 1 antes del 4 de mayo de 2026, y que estén destinados a perros y gatos, se retirarán del mercado a más tardar el 4 de agosto de 2026.
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