Art. 1

Art. 1

En vigor desde 18 dic 2025
Artículo 1 El Reglamento (UE) 2023/1670 se modifica como sigue: 1) En el artículo 1, apartado 2, se añade la letra siguiente: «c) teléfonos inteligentes, otros teléfonos móviles, teléfonos inalámbricos y tabletas pizarra destinados a utilizarse en atmósferas potencialmente explosivas y a los que se aplique la Directiva 2014/34/UE.». 2) Se suprime el artículo 6. 3) En el artículo 9, el último párrafo se sustituye por el texto siguiente: «Otros equipos destinados a grabar o reproducir sonido o imágenes, incluidas las señales u otras tecnologías de distribución de sonido e imagen por medios que no sean las telecomunicaciones, pero excluyendo las pantallas electrónicas a las que se aplique el Reglamento (UE) 2019/2021, los teléfonos inalámbricos a los que se aplique el Reglamento (UE) 2023/1670 y los proyectores con mecanismos para el intercambio de lentes por otras con distintas longitudes focales.».
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