Art. 8 · Contenido de la licencia obligatoria de la Unión

Art. 8

Contenido de la licencia obligatoria de la Unión

En vigor desde 16 dic 2025
Artículo 8 Contenido de la licencia obligatoria de la Unión La Comisión especificará, en el contenido de la licencia obligatoria de la Unión, lo siguiente: a) los derechos de propiedad intelectual e industrial, a saber, la patente, la solicitud de patente publicada, el certificado complementario de protección, el modelo de utilidad o la solicitud de modelo de utilidad publicada respecto de los cuales se conceda la licencia obligatoria de la Unión; b) el titular de los derechos; c) el licenciatario, en particular la siguiente información: i) nombre y nombre comercial; ii) los datos de contacto; iii) el número de identificación único en el país en el que el licenciatario esté constituido; iv) cuando esté disponible, el número de Registro e Identificación de Operadores Económicos (EORI); d) la duración por la que se concede la licencia obligatoria de la Unión; e) la remuneración que debe abonarse al titular de los derechos y el plazo en el que debe abonarse, determinada de conformidad con el artículo 9; f) en su caso, la denominación común del producto pertinente para crisis que se haya de fabricar o comercializar al amparo de la licencia obligatoria de la Unión o el código de nomenclatura combinada (NC) con el que se clasifica dicho producto, tal como se establece en el anexo I del Reglamento (CEE) n.o 2658/87; g) los datos mencionados en el artículo 10, apartado 1, letras c), e) y f), que permiten la identificación del producto pertinente para crisis fabricado o comercializado al amparo de la licencia obligatoria de la Unión y, en su caso, cualquier otro requisito específico en virtud de la legislación de la Unión aplicable a los productos pertinentes para crisis y que permita su identificación, y h) la cantidad máxima del producto pertinente para crisis que deba fabricarse o comercializarse al amparo de la licencia obligatoria de la Unión.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg:2025:2645:oj#art-8