Art. 1 · Objeto

Art. 1

Objeto

En vigor desde 11 dic 2025
Artículo 1 Objeto El presente Reglamento especifica las condiciones de aplicación de los motivos relacionados con la ciberseguridad a que se refiere el artículo 16, apartado 2, del Reglamento (UE) 2024/2847 que permiten al CSIRT designado como coordinador que recibe inicialmente una notificación de conformidad con el artículo 14, apartados 1 y 3, y el artículo 15, apartados 1 y 2, de dicho Reglamento aplazar la difusión de la notificación a los CSIRT designados como coordinadores en cuyo territorio el fabricante haya indicado que se ha comercializado el producto con elementos digitales.
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