Art. 1

Art. 1

En vigor desde 2 dic 2025
Artículo 1 El artículo 8 de la Directiva 2009/81/CE se modifica como sigue: 1) en la letra a), «443 000 EUR» se sustituye por «432 000 EUR»; 2) en la letra b), «5 538 000 EUR» se sustituye por «5 404 000 EUR».
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