Art. 16

Art. 16

En vigor desde 10 nov 2025
Artículo 16 Los Estados miembros analizarán la viabilidad de utilizar auditorías fiscales para mejorar la exhaustividad de las estimaciones del PIB. Este análisis se llevará a cabo al menos cada cinco años, empezando por el ciclo de verificación de la RNB 2025-2029.
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