Art. 11
En vigor desde 10 nov 2025
Artículo 11
Los Estados miembros revisarán los diversos tipos de renta en especie y los tipos de actividades en los que son más frecuentes las propinas con vistas a hacer ajustes de exhaustividad en el PIB cuando proceda. Además, revisarán los métodos de dichos ajustes para garantizar su fiabilidad. Estas revisiones se llevarán a cabo al menos cada cinco años, empezando por el ciclo de verificación de la RNB 2025-2029.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_impl:2025:2251:oj#art-11