Art. 1 · Declaración de conformidad

Art. 1

Declaración de conformidad

En vigor desde 23 oct 2025
Artículo 1 Declaración de conformidad 1.   Los importadores y fabricantes de aparatos de refrigeración, aire acondicionado y bombas de calor e inhaladores dosificadores precargados con hidrofluorocarburos (en lo sucesivo denominados «productos o aparatos») emitirán la declaración de conformidad a que se refiere el artículo 19 del Reglamento (UE) 2024/573 utilizando el modelo que figura en el anexo I del presente Reglamento. La declaración de conformidad irá firmada por un representante legal del fabricante o del importador de los productos o aparatos. 2.   Una declaración de conformidad solo podrá hacer referencia a una autorización o a una delegación de una autorización si dicha autorización o delegación se ha expedido de conformidad con el artículo 21, apartados 2, y 3, respectivamente, del Reglamento (UE) 2024/573.
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