Art. 1 · Modificación del Reglamento (UE) 2018/1727

Art. 1

Modificación del Reglamento (UE) 2018/1727

En vigor desde 8 oct 2025
Artículo 1 Modificación del Reglamento (UE) 2018/1727 En el artículo 80 del Reglamento (UE) 2018/1727, el apartado 9 se sustituye por el texto siguiente: «9.   Eurojust podrá seguir utilizando el sistema de gestión de casos compuesto por ficheros temporales de trabajo y un índice hasta el 1 de diciembre de 2027, a menos que ya se haya implantado el nuevo sistema de gestión de casos y que se haya completado antes de dicha fecha la migración de los datos del sistema de gestión de casos compuesto por ficheros temporales de trabajo y un índice, así como la verificación de la exactitud de esos datos.».
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