Art. 1
En vigor desde 2 oct 2025
Artículo 1
El Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1135 se modifica como sigue:
1)
En el artículo 1, el apartado 2 se sustituye por el texto siguiente:
«2. Los tipos del derecho compensatorio definitivo aplicables al precio neto franco en la frontera de la Unión, antes del pago de derechos, del producto descrito en el apartado 1 y producido por las empresas enumeradas a continuación serán los siguientes:
Empresa
Derecho compensatorio definitivo
Código TARIC adicional
Birla Cable Ltd., Universal Cables Ltd., Vindhya Telelinks Ltd.
5,4 %
89CF
Sterlite Technologies Limited, Sterlite Tech Cables Solutions Limited
3,7 %
89CG
HFCL Limited, HTL Limited
8,1 %
89CH
Otras empresas que cooperaron en la investigación antidumping y en la investigación antisubvenciones, enumeradas en el anexo I
5,8 %
Véase el anexo I
Las demás importaciones originarias de la India
8,1 %
C999»
2)
en el artículo 2, el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:
«1)
En el artículo 1, el apartado 2 se sustituye por el texto siguiente:
“2. Los tipos del derecho antidumping definitivo aplicables al precio neto franco en la frontera de la Unión, derechos no pagados, del producto descrito en el apartado 1 y producido por las empresas indicadas a continuación serán los siguientes:
Empresa
Derecho antidumping definitivo
Código TARIC adicional
Birla Cable Ltd., Universal Cables Ltd., Vindhya Telelinks Ltd.
2,9 %
89CF
Sterlite Technologies Limited, Sterlite Tech Cables Solutions Limited
8,8 %
89CG
Otras empresas que cooperaron en la investigación antidumping y en la investigación antisubvenciones, enumeradas en el anexo I
4,4 %
Véase el anexo I
Otras empresas que cooperaron en la investigación antidumping, pero no en la investigación antisubvenciones, enumeradas en el anexo II
2,1 %
Véase el anexo II
Las demás importaciones originarias de la India
4,5 %
C999”»
3)
en el artículo 2, el apartado 4 se modifica como sigue:
«4)
El anexo se sustituye por el anexo I y el anexo II del presente Reglamento.»;
4)
el anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1135 se sustituye por el anexo I y el anexo II.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_impl:2025:1985:oj#art-1