Art. 1

Art. 1

En vigor desde 30 sept 2025
Artículo 1 Los precios representativos, los derechos de importación y los derechos adicionales de importación aplicables a la importación de melaza de los códigos NC 1703 10 00 y 1703 90 00 quedan fijados en el anexo del presente Reglamento.
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