Art. 12
Definición de la zona geográfica en la solicitud de registro
En vigor desde 29 sept 2025
Artículo 12
Definición de la zona geográfica en la solicitud de registro
La zona geográfica se definirá de forma precisa e inequívoca, refiriéndose en la medida de lo posible a límites físicos o administrativos, y cuando sea posible, facilitando también un mapa.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli:reg_impl:2025:1956:oj#art-12