Art. 1
En vigor desde 25 sept 2025
Artículo 1
1. Se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de determinados productos laminados planos de hierro, de acero sin alear o de los demás aceros aleados, enrollados o sin enrollar (incluidos los productos «cortados a medida» y «de franja estrecha»), simplemente laminados en caliente, sin chapar, revestir ni recubrir, clasificados actualmente en los códigos NC 7208 10 00 , 7208 25 00 , 7208 26 00 , 7208 27 00 , 7208 36 00 , 7208 37 00 , 7208 38 00 , 7208 39 00 , 7208 40 00 , 7208 52 10 , 7208 52 99 , 7208 53 10 , 7208 53 90 , 7208 54 00 , 7211 13 00 , 7211 14 00 , 7211 19 00 , ex 7225 19 10 (código TARIC 7225 19 10 90), 7225 30 90 , ex 7225 40 60 (código TARIC 7225 40 60 90), 7225 40 90 , ex 7226 19 10 (códigos TARIC 7226 19 10 91, 7226 19 10 95), 7226 91 91 y 7226 91 99 , originarios de Egipto, Japón y Vietnam.
Se excluyen los productos siguientes:
i)
los productos de acero inoxidable y de acero magnético al silicio de grano orientado,
ii)
los productos de acero para herramientas y de acero rápido,
iii)
los productos sin enrollar, sin motivos en relieve, de un espesor superior a 10 mm y una anchura superior o igual a 600 mm, y
iv)
los productos sin enrollar, sin motivos en relieve, de un espesor superior o igual a 4,75 mm pero no superior a 10 mm y de una anchura superior o igual a 2 050 mm.
2. Los tipos del derecho antidumping definitivo aplicables al precio neto franco en la frontera de la Unión, derechos no pagados, de los productos descritos en el apartado 1 y producidos por las empresas indicadas a continuación serán los siguientes:
País de origen
Empresa
Derecho antidumping definitivo
Código TARIC adicional
Egipto
Ezz Steel Company
11,7 %
89M8
Egipto
Todas las demás importaciones originarias de Egipto
11,7 %
8999
Japón
Nippon Steel Corporation
30,0 %
89M9
Japón
Tokyo Steel Co. Ltd
6,9 %
89MA
Japón
Otras empresas cooperantes:
—
Daido Steel Co., Ltd
—
JFE Steel Corporation
29,8 %
89MB
89ME
Japón
Todas las demás importaciones originarias de Japón
30,0 %
8999
Vietnam
Formosa Ha Tinh Steel Corporation
12,1 %
89MC
Vietnam
Todas las demás importaciones originarias de Vietnam
12,1 %
8999
3. Las medidas antidumping vigentes no son aplicables al productor exportador vietnamita Hoa Phat Group, compuesto por Hoa Phat Dung Quat Steel Joint Stock Company, Hoa Phat Cold Rolled Steel Company Limited, Hoa Phat Steel Sheet Co., Ltd/Hoa Phat Steel Sheet Limited Liability Company, Hoa Phat Steel Pipe Company Limited - sucursal de Hung Yen, Binh Duong Hoa Phat Steel Pipe Co., Ltd/Binh Duong Hoa Phat Steel Pipe Company Limited y Hoa Phat Da Nang Steel Pipe Company Limited (código TARIC adicional 89MD).
4. La aplicación de los tipos de derecho individuales especificados para las empresas mencionadas en el apartado 2 estará condicionada a la presentación a las autoridades aduaneras de los Estados miembros de una factura comercial válida en la que figure una declaración fechada y firmada por un responsable de la entidad que expida dicha factura, identificado por su nombre y cargo, con el texto siguiente:
«El abajo firmante certifica que el (volumen en toneladas) de (producto afectado) vendido para su exportación a la Unión Europea consignado en esta factura ha sido fabricado por (nombre y dirección de la empresa) (código TARIC adicional) en [Egipto, Japón o Vietnam]. Declara, asimismo, que la información que figura en la presente factura es completa y correcta». Mientras no se presente esta factura, será aplicable el derecho calculado para todas las demás importaciones originarias de [Egipto, Japón o Vietnam].
5. Salvo disposición en contrario, serán de aplicación las disposiciones vigentes en materia de derechos de aduana.
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