Art. 10 · Evaluación de la eficacia de las medidas de restauración

Art. 10

Evaluación de la eficacia de las medidas de restauración

En vigor desde 19 sept 2025
Artículo 10 Evaluación de la eficacia de las medidas de restauración A efectos de evaluar la eficacia de las medidas de restauración de conformidad con el artículo 10, apartado 3, del Reglamento (UE) 2024/1991, el indicador común de polinizadores se calculará por separado para cada uno de los tipos de ecosistemas a que se refiere el artículo 3, apartado 4, párrafo primero.
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