Art. 1
En vigor desde 17 sept 2025
Artículo 1
El Reglamento (UE) 2023/915 se modifica como sigue:
1)
El artículo 10, apartado 1, se modifica como sigue:
a)
la parte introductoria se sustituye por el texto siguiente:
«Los alimentos comercializados legalmente antes de las fechas mencionadas en las letras a) a q) podrán permanecer en el mercado hasta su fecha de consumo preferente o su fecha de caducidad:»;
b)
se añade la letra siguiente:
«q)
8 de octubre de 2025 por lo que respecta a los límites máximos de arsénico inorgánico establecidos en los puntos 3.4.5, 3.4.6, 3.4.7 y 3.4.8 del anexo I.».
2)
El anexo I se modifica de conformidad con el anexo del presente Reglamento.
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