Art. 25 · Principios generales

Art. 25

Principios generales

En vigor desde 27 ago 2025
Artículo 25 Principios generales Los agentes verificarán y tomarán nota de todos los conceptos pertinentes consignados en el módulo del informe de inspección correspondiente contemplado en el anexo VII del Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2196 al visitar almacenes frigoríficos, mercados mayoristas y minoristas, restaurantes o cualquier otra instalación en la que se almacene o venda pescado después de que haya tenido lugar el desembarque o se manipulen productos de la acuicultura después de la recolección.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_del:2025:1766:oj#art-25