Art. 25
Principios generales
En vigor desde 27 ago 2025
Artículo 25
Principios generales
Los agentes verificarán y tomarán nota de todos los conceptos pertinentes consignados en el módulo del informe de inspección correspondiente contemplado en el anexo VII del Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2196 al visitar almacenes frigoríficos, mercados mayoristas y minoristas, restaurantes o cualquier otra instalación en la que se almacene o venda pescado después de que haya tenido lugar el desembarque o se manipulen productos de la acuicultura después de la recolección.
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