Art. 2
Entrada en vigor y aplicabilidad
En vigor desde 29 jul 2025
Artículo 2
Entrada en vigor y aplicabilidad
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será aplicable a partir del 19 de agosto de 2027.
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