Art. 8 · Modificaciones de las homologaciones en materia de emisiones

Art. 8

Modificaciones de las homologaciones en materia de emisiones

En vigor desde 25 jul 2025
Artículo 8 Modificaciones de las homologaciones en materia de emisiones Los artículos 27, 33 y 34 del Reglamento (UE) 2018/858 serán aplicables para todas las extensiones de las homologaciones de tipo en materia de emisiones concedidas con arreglo al Reglamento (UE) 2024/1257. A petición del fabricante, las disposiciones sobre las extensiones de las homologaciones en materia de emisiones especificadas en el punto 3 del anexo I serán aplicables sin necesidad de realizar ensayos adicionales solo a los vehículos del mismo tipo.
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