Art. 3 · Entrada en vigor

Art. 3

Entrada en vigor

En vigor desde 24 jul 2025
Artículo 3 Entrada en vigor El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2030.
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