Art. 4 · Punto de contacto único

Art. 4

Punto de contacto único

En vigor desde 17 jul 2025
Artículo 4 Punto de contacto único Los coordinadores de espacios controlados de pruebas designarán entre ellos un punto de contacto único a efectos de comunicación con la Comisión a lo largo de toda la vida útil del espacio controlado de pruebas de interoperabilidad.
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