Art. 1 · Autorización

Art. 1

Autorización

En vigor desde 16 jul 2025
Artículo 1 Autorización Se autorizan como aditivos en la alimentación animal las sustancias especificadas en el anexo, pertenecientes a la categoría «aditivos organolépticos» y al grupo funcional «aromatizantes», en las condiciones establecidas en dicho anexo.
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