Art. 7 · Lista indicativa y características de los formatos de datos aceptables

Art. 7

Lista indicativa y características de los formatos de datos aceptables

En vigor desde 10 jul 2025
Artículo 7 Lista indicativa y características de los formatos de datos aceptables 1.   Se considerará que los formatos HTML, PDF y txt constituyen formatos que permiten extraer datos cuando dichos formatos permitan la extracción de texto por una máquina y sean legibles por el ser humano. 2.   Se considerará que los formatos XML, XBRL, XBRL-csv, XBRL-xml e Inline XBRL constituyen formatos legibles por máquina cuando dichos formatos estén estructurados de manera que permitan a las aplicaciones informáticas identificar, reconocer y extraer con facilidad los datos específicos que contienen, incluidas las declaraciones fácticas y su estructura interna.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli:reg_impl:2025:1339:oj#art-7