Art. 4 · Categorías de tamaño de las entidades

Art. 4

Categorías de tamaño de las entidades

En vigor desde 10 jul 2025
Artículo 4 Categorías de tamaño de las entidades Cuando se requieran metadatos que indiquen la categoría de tamaño de una entidad en virtud de cualquiera de los actos a que se refiere el artículo 1, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) 2023/2859 o cualquier acto delegado o de ejecución basado en dichos actos a efectos del PAUE, la información irá acompañada de uno de los elementos siguientes: a) metadatos que indiquen una de las categorías de tamaño establecidas en el cuadro 2 del anexo cuando la información se presente a organismos de recopilación con arreglo a uno de los actos legislativos de la Unión incluidos en dicho cuadro; b) metadatos que indiquen la categoría de tamaño «otro tamaño» cuando la información se presente a organismos de recopilación con arreglo a actos legislativos de la Unión distintos de los incluidos en el cuadro 2 del anexo.
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